Trámites de extranjería

El Reglamento de extranjería que entró en vigor el 20 de mayo de 2025 cambió las reglas del juego: bajó de tres a dos años la permanencia exigida para el arraigo, creó cinco modalidades donde antes había otras y permitió trabajar desde el primer día. Aquí está cada vía explicada con el artículo aplicable y lo que de verdad se pide en ventanilla.

Regularizar: las cinco vías de arraigo

Si ya estás en España y no tienes autorización, el arraigo es el camino. Cinco modalidades, requisitos distintos y una comparativa completa en el hub del arraigo.

Arraigo social

Dos años en España y vínculo familiar con residentes, o informe de integración. Medios del 100 % del IPREM.

Arraigo sociolaboral

Contratos que sumen veinte horas semanales. Habilita a trabajar en cuanto se admite a trámite.

Arraigo familiar

Progenitor de menor de la UE, del EEE o de Suiza. Sin permanencia previa y cinco años de duración.

Arraigo socioformativo

Formación reglada o de los servicios de empleo, con hasta treinta horas de trabajo semanal.

Segunda oportunidad

Tuviste residencia legal en los dos últimos años y no pudiste renovarla.

Arraigo extraordinario

La regularización cerrada el 30 de junio de 2026: qué pasa con lo presentado y qué queda.

Mantener y avanzar

Renovación de residencia

Dos meses antes de caducar, tres después con sanción. Supuestos para renovar sin contrato vigente y paso a la larga duración.

Reagrupación familiar

Traer a cónyuge, pareja, hijos o ascendientes: ingresos del 150 % del IPREM, vivienda adecuada y seguro.

Nacionalidad española

Diez, cinco, dos o un año de residencia según el caso, más CCSE y DELE A2.

Visado de nómada digital

Teletrabajo internacional con resolución en veinte días y compatibilidad con la ley Beckham.

Documentos y seguimiento, sin pedir cita

Estas guías cubren la parte que se puede resolver sin ventanilla y que ahorra la mayoría de los desplazamientos:

Recursos y casos complejos

Una denegación no es el final del camino, pero sí tiene plazos cortos. Antes de recurrir hay que leer con calma el motivo: hay denegaciones que se recurren y otras que se resuelven mejor replanteando la vía, por ejemplo pasando de social a sociolaboral con un contrato adecuado, o de renovación ordinaria a segunda oportunidad.

Llevamos también expedientes con antecedentes, requerimientos de subsanación con documentación difícil de conseguir y procedimientos que llevan meses parados. La primera consulta es gratuita y sirve, sobre todo, para saber si el asunto tiene recorrido.

¿Prefieres que lo hagamos nosotros?

Primera consulta gratuita. Gestora colegiada ICGA Valencia, más de 15 años de experiencia.

Consulta gratuita

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo que llevar en España para regularizarme?

Dos años de permanencia continuada para casi todas las modalidades de arraigo, desde el Reglamento que entró en vigor el 20 de mayo de 2025. El arraigo familiar no exige permanencia mínima.

¿El arraigo permite trabajar?

Sí, todas las modalidades habilitan a residir y trabajar por cuenta propia o ajena. El arraigo socioformativo está limitado a treinta horas semanales por cuenta ajena.

¿Se puede pedir el arraigo teniendo otro expediente abierto?

No. Desde abril de 2026 uno de los requisitos generales es no ser titular de otra autorización ni ser persona interesada en otro procedimiento sobre estancia o residencia.

¿Puedo tramitar sin ir a la oficina de extranjería?

Buena parte del procedimiento es electrónico y lo presentamos con certificado profesional. Los actos personalísimos, como la toma de huellas de la TIE, requieren presencia.

¿Atendéis en ruso y ucraniano?

Sí, y también en inglés. Toda la correspondencia con la administración se presenta en español en tu nombre.