Por qué Alicante es un caso aparte
La provincia de Alicante concentra una de las poblaciones extranjeras más numerosas y más diversas de España, y eso se nota en los expedientes. Dos perfiles conviven y no tienen nada que ver entre sí:
- Residentes comunitarios y británicos de la costa, con trámites de registro de ciudadano de la Unión, TIE de Acuerdo de Retirada y renovaciones. Aquí la clave suele ser acreditar medios económicos y seguro, no la permanencia.
- Residentes no comunitarios, con arraigo, reagrupación y renovaciones, donde lo que decide es el padrón histórico y la documentación del país de origen.
Mezclar los dos caminos es el error más caro, porque los requisitos y los plazos no se parecen.
Qué tramitamos para la provincia de Alicante
- Arraigo en sus cinco modalidades.
- Renovaciones de residencia, incluidas las presentadas fuera de plazo.
- Reagrupación familiar, con informe de vivienda del ayuntamiento correspondiente.
- NIE y TIE, incluida la cita de huellas.
- Visado de nómada digital y permisos de la Ley 14/2013, frecuentes en la costa.
- Nacionalidad española, que es telemática y no depende de la provincia.
El ayuntamiento de Alicante y los de la provincia emiten el padrón y el histórico, que son la base de casi todo lo anterior. Si hay un hueco en el padrón, se resuelve antes de presentar.
No hace falta que vengas a la oficina
La mayor parte del trabajo es telemática y se hace con certificado digital o con un poder de representación, así que el domicilio del cliente no condiciona el servicio. Hay dos vías y las dos son habituales:
- Certificado digital: firmas tú desde donde estés y nosotros preparamos y presentamos el expediente.
- Poder de representación o apoderamiento electrónico: actuamos en tu nombre con el certificado profesional de gestora colegiada.
La excepción son los actos personalísimos, que nadie puede hacer por ti: la acreditación de identidad para obtener el certificado digital, la toma de huellas de la TIE y la jura en el expediente de nacionalidad. Esos hay que hacerlos en persona, y siempre en la provincia donde estés empadronado.
¿Lo tramitamos nosotros?
Gestora administrativa colegiada del ICGA de Valencia. Presupuesto cerrado antes de empezar y primera consulta gratuita.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que desplazarme a Valencia para contrataros?
No. El expediente se prepara y se presenta a distancia, con certificado digital o poder de representación, y la comunicación es por WhatsApp o correo.
¿Dónde me toman las huellas de la TIE?
En una oficina de la Policía Nacional de la provincia de Alicante, con cita propia que gestionamos nosotros una vez hay resolución favorable.
Soy británico y vivía aquí antes del Brexit, ¿qué me corresponde?
La TIE de Acuerdo de Retirada, que protege los derechos de quien residía antes del 31 de diciembre de 2020. Es un trámite distinto del de un no comunitario que llega ahora.
¿Los plazos en Alicante son peores que en Valencia?
Depende del momento y del tipo de expediente. El plazo legal es el mismo porque la norma es estatal; lo que cambia es la carga de cada oficina.
¿Atendéis en inglés?
Sí, y también en ucraniano y ruso, además del español.
Base legal
- Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España
- Real Decreto 1155/2024, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 (texto consolidado)
- Real Decreto 316/2026, que modifica el Reglamento de extranjería
- Orden PJC/617/2025, importe de las tasas de extranjería e inmigración
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, art. 14 sobre relación electrónica con la Administración