Antes de pagar: lo que hay que mirar
Un vehículo de segunda mano puede llegar con carga. El informe de la DGT dice si hay embargos, precintos judiciales, reservas de dominio pendientes de financiación, si la ITV está en vigor y si el vehículo consta de baja. Comprobarlo cuesta minutos y evita comprar un coche que no se puede transferir.
Lo que el informe de la DGT no dice es si hay deudas con el ayuntamiento por el impuesto de circulación, que se comprueban aparte y siguen al vehículo. Ni si hay multas pendientes de notificar.
Y una advertencia que damos siempre a quien vende: mientras el cambio de titularidad no esté hecho, el vehículo sigue a su nombre a efectos de multas y de responsabilidad. Vender y confiar en que el comprador haga el trámite es la fuente número uno de sustos meses después.
El impuesto, que va antes
La compraventa entre particulares tributa por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales ante la hacienda autonómica del domicilio del comprador. En la Comunitat Valenciana lo gestiona la Agència Tributària Valenciana. La cuota se calcula sobre el valor del vehículo según las tablas oficiales de valoración de medios de transporte, no sobre el precio pactado, aunque el precio pactado importa cuando es superior.
Cuando el vendedor es una empresa o un profesional que actúa como tal, la operación va por IVA y no por transmisiones: la factura sustituye a la autoliquidación. Confundir los dos regímenes es lo que hace que un expediente vuelva.
Existen supuestos de exención y de no sujeción, por ejemplo determinadas transmisiones entre familiares en herencia, que tienen su propio trámite. La regla práctica: nunca presentes la transferencia sin el justificante del impuesto, aunque el resultado sea cero.
Cuánto cuesta la transferencia de un coche
No hay un precio único. El coste total combina la tasa vigente de la DGT, el impuesto de transmisiones que corresponda y, si delegas el trámite, los honorarios de la gestoría. El impuesto cambia según la comunidad autónoma del comprador y el valor fiscal del vehículo, por lo que dos coches vendidos por el mismo precio pueden dar resultados distintos.
Antes de aceptar un presupuesto conviene separar cada concepto: tasa administrativa, impuesto, honorarios y cualquier gasto previo necesario, como cancelar una reserva de dominio. La DGT publica sus tasas actualizadas y la hacienda autonómica ofrece las tablas y el formulario aplicables; por eso no fijamos aquí una cifra que pueda quedar desactualizada.
Con la matrícula, el domicilio del comprador y los datos del vehículo podemos calcular el coste antes de iniciar el cambio de titularidad y dar un presupuesto cerrado.
Documentación
- Contrato de compraventa firmado por ambas partes, por duplicado.
- Permiso de circulación y ficha técnica (tarjeta ITV) del vehículo. Si la ITV está caducada, el vehículo no puede circular hasta superarla.
- Documentos de identidad de comprador y vendedor: DNI, TIE o pasaporte con NIE.
- Justificante de la liquidación del impuesto de transmisiones.
- Si actúa un representante, la autorización o el poder correspondiente.
- Si el titular ha fallecido, la documentación de la herencia y su aceptación.
Cuando el trámite lo presenta una gestoría colegiada por vía telemática no hace falta cita previa en la DGT, que es donde se pierde la mayor parte del tiempo.
Plazos y qué pasa si se pasan
El comprador dispone de un plazo para comunicar el cambio de titularidad, y el vendedor tiene su propio deber de notificar la venta a la DGT. Son dos actos distintos y conviene hacer los dos: la notificación de venta protege al vendedor incluso si el comprador se demora.
Pasado el plazo, la DGT puede sancionar y la hacienda autonómica aplica recargos sobre el impuesto. Ninguno de los dos importes es alto por separado; juntos, y con un vehículo que además acumula impuesto de circulación impagado, la operación deja de salir a cuenta.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta transferir un coche?
Depende de la tasa vigente de la DGT, del impuesto de transmisiones calculado por la comunidad autónoma y, si se delega, de los honorarios de gestoría. Se puede calcular antes de iniciar el trámite con los datos del vehículo y del comprador.
¿Quién paga el impuesto en una compraventa entre particulares?
El comprador, ante la hacienda autonómica de su domicilio. Si el vendedor es una empresa o profesional que actúa como tal, la operación va por IVA y la factura sustituye a la autoliquidación.
¿Puedo transferir un coche con la ITV caducada?
Sí puede tramitarse el cambio de titularidad, pero el vehículo no puede circular con la ITV caducada. Para llevarlo a la inspección debe trasladarse sin circular por sus propios medios.
Vendí el coche y me siguen llegando multas, ¿qué hago?
Si el comprador no ha hecho la transferencia, el vehículo sigue a tu nombre. Presenta la notificación de venta a la DGT con tu copia del contrato: es el documento que te separa de las responsabilidades posteriores.
¿Hace falta cita previa?
No cuando el trámite lo presenta una gestoría colegiada por vía telemática. Presentándolo tú mismo, sí en la mayoría de los casos.
¿Y si el titular ha fallecido?
La transferencia se hace desde la herencia, aportando la documentación sucesoria y su aceptación. Es un supuesto distinto de la compraventa ordinaria y tiene su propia fiscalidad.
Base legal
- Real Decreto 2822/1998, Reglamento General de Vehículos
- Real Decreto Legislativo 1/1993, texto refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AJD
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, art. 14 sobre relación electrónica con la Administración
- Real Decreto 203/2021, Reglamento de actuación del sector público por medios electrónicos